Tras la primera visita personal de la representante de zona me acaba de llegar una carta certificada que resumo…
«La SGAE ha comprobado que, en el local del que Usted es titular, se están utilizando obras del repertorio administrado por SGAE, mediante amenizacíon de caracter secundario e incidental»
Dicha representante estuvo en el local y pudo comprobar conmigo, que la musica que se oye es la del hilo musical del centro comercial, también pudo comprobar que , efectivamente, dispongo de un DVD, pero en el que hay insertado un compacto creado INTEGRAMENTE por mi, y con contenido de mi propiedad, donde en una de las pantallas se muestran ofertas concretas de la cafeteria (sin sonido) a modo de bucle, y otros patrocinadores. Tambien pudo comprobar que dispongo de tres pantallas de TV, una de ellas para el DVD promo, reitero, creado INTEGRAMENTE por mi, y otras dos con el canal Teledeporte (sin sonido) todo el dia.
Supongo que el documento será un modelo standar que mandan a todo el mundo, quiero pensar.
Despues dos parrafitos explicandome lo que la Ley de Propiedad Intelectual denomina «comunicación pública» refiriendome alguno de sus articulos (concretamente los articulos 2, 17 y 20 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual) y que es necesario subscribir un contrato-autorización con SGAE para obtener las diversas licencias de autorización a traves de unas tarifas aprobadas por su junta directiva y notificadas al Ministerio de Cultura, correspondientes a los derechos económicos de los autores.
Pero el párrafo que mas me gusta es este:
«Teniendo en cuenta lo que antecede, requerimos a esa empresa para que en el plazo de quince dias, a contar de la presente, proceda a solicitar de esta Entidad la autorización que precisa para llevar a efecto legítimamente la aludida utilización, mediante la suscripción del oportuno contrato, que deberá solicitar poniéndose en contacto con la REPRESENTACIÓN DE ZONA, cuyos datos figuran a pie de página, y para que, en caso de no solicitarla, se abstenga de continuar utilizando las referidas obras, de acuerdo con lo previsto en la vigente Ley de Propiedad Intelectual»
Tambien me invita a visitar la web de tan legal asociación para comprobar las tarifas…. eso si.. todo muy atentamente.
Así que en vista de que la representante de la zona es ciega, aparte de que este ultimo parrafo me invita a abstenerme de continuar utilizando algo que no hice… veo en la web de la SGAE este apartado dentro de su Artículo 201.- Clasificación de espacios teledifundidos:
GRUPO F) Espacios no administrados.
1. Las noticias e informaciones que se refieran a la actualidad nacional o extranjera.
2. Los reportajes sobre toda clase de noticias, acontecimientos, actos o ceremonias, cuyo contenido sea exclusivamente informativo.
3. La crítica en todas sus manifestaciones.
4. Las entrevistas, encuestas y coloquios, sean improvisados o no.
5. Las retransmisiones deportivas, de corridas de toros y, en general, de toda clase de actos públicos.
6. Cualquier forma de presentación mediante imagen personal o en “off” de toda clase de espacios.
7. Los concursos, competiciones, sorteos y espacios análogos.
8. Los espacios publicitarios.
9. Los espacios informativos sobre la programación de televisión.
10. Las charlas, tertulias y comentarios sobre toda clase de temas.
11. Cualquier espacio de exclusivo carácter didáctico, incluidos los dedicados a la enseñanza de idiomas.
12. Las actuaciones de trapecistas, malabaristas, domadores, magos, prestidigitadores, mentalistas y otros con características semejantes, excepción hecha de los payasos, cómicos y demás usuarios habituales de obras pertenecientes al repertorio SGAE que pudieran actuar en un ámbito circense.
13. Cualquier otro espacio de naturaleza o configuración similares a los hasta aquí descritos.
No obstante lo anterior, estos espacios serán analizados para determinar la utilización, dentro de los mismos, de obras del repertorio SGAE, tales como fondos musicales, sketchs, fragmentos de obras audiovisuales, etc., a fin de atribuirles los derechos de autor que les correspondan en función de la valoración que fijen las presentes normas.
Así que viendo lo visto. Espero tener aquí a un representante con papel y boli anotando lo que va saliendo en teledeporte las 12 h de apertura.
Que opinais?